viernes, 29 de octubre de 2021

Las organizaciones de consumidores en la Comunidad Europea



Las organizaciones de consumidores están representadas oficialmente en el proceso de toma de decisiones comunitario a través de dos organismos: el Comité Económico y Social y el Comité Consultivo de los Consumidores. El primero, organismo asesor en el que están representados productores, agricultores, trabajadores, profesionales libera­les y otros grupos sociales, incluye delegados de los consumidores designados por los gobiernos para representar los «intereses generales». Elabora dictámenes sobre proyec­tos de ley o directivas a petición de la Comisión de las Comunidades Europeas y del Consejo de Ministros; los asuntos relacionados con los intereses de los consumidores se tratan en su sección de protección del medio ambiente, salud pública y consumo.

La influencia del Comité es limitada (manifiesta generalmente sus opiniones sólo cuando la Comisión ha presentado al Consejo una propuesta firme) y su papel de examinar las propuestas normativas frente a las exigencias de los distintos grupos de presión ha sido asumido en gran parte por el Parlamento Europeo de elección directa.

El segundo organismo, el Comité Consultivo de los Consumidores (CCC), se creó en 1973 para asesorar a la Comisión de las Comunidades Europeas en asuntos políticos relacionados con la protección y la educación del consumidor y, de forma general, para representar el punto de vista de los consumidores en la elaboración de las políticas por parte de los departamentos de la Comisión. El CCC también nombra representantes ante distintos comités consultivos de la Comisión especializados en temas alimentarios, de alimentación animal, asuntos veterinarios, etc. 

De las cuatro organizaciones globales europeas que tienen representación en el Comité, sólo una, la BEUC (Oficina Europea de Uniones de Consumidores), representa exclusivamente los intereses de los consumi­dores; la CES (Confederación Europea de Sindicatos) es una confederación de treinta y un sindicatos pertenecientes a los países de la Unión Europeos; la Coface (Comité de Organizaciones Familiares de la CE) representa a las organizaciones familiares; el Eurocoop es la organización central de cooperativas de consumidores de la Comunidad; estas organizaciones varían desde empresas meramente comerciales a organismos realmente interesados en la cooperación de los consumidores. El CCC ha contado con seis miembros de cada una de estas organizaciones, así como expertos en temas de consumo. 

En diciembre de 1989 se produjo un importante cambio de la estructura y composición del Comité: se consiguió que fuera representativo de un abanico más amplio de intereses de los consumidores, incluyendo aquellos grupos monotemáticos que no se consideraban comprometidos con el movimiento de los consumidores como tal, y otras organizaciones escasamente implantadas debido a su falta de liderazgo o de fomento por parte oficial.

En su momento, las estructuras que acabamos de mencionar no tuvieron un éxito significativo a la hora de reorientar las decisiones políticas hacia los temas prioritarios para los consumidores. Esto supuso una nueva fuente de inquietud en un momento en que el programa del mercado interior estaba acelerando el ritmo de la toma de decisiones, creando una necesidad mayor que nunca de vigilar y presionar en beneficio de los consumidores comunitarios.

Pedro Rubio Domínguez
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Fuente: EL DERECHO DE ELEGIR Y EL IMPULSO ECONÓMICO- Eamonn Lawlor.

Documento de la Comisión de las Comunidades Europeas

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